Los padres de Agustín Raimondo, el empresario de medios detenido en La Plata en una causa por violencia de género, presentaron una denuncia contra la jueza que interviene en el caso, Cecilia Inés Sanucci, a quien acusaron por una presunta interferencia indebida sobre la defensa, al margen de plantear dudas sobre su imparcialidad.
En el documento, al que tuvo acceso este diario, se solicita que se investigue una serie de situaciones ocurridas durante la preparación y el desarrollo del debate que, después de una postergación inicial, tendría como fecha de inicio este 20 y 21 de agosto, aunque persisten ciertas dudas de si realmente arrancará esta semana el proceso oral.
Uno de los episodios centrales señalados en la presentación ocurrió cuando, debido a una imposibilidad de concurrir del defensor particular, se produjo la apertura de una audiencia con la presencia del imputado, pero sin su abogado de confianza. En ese contexto, los padres de Raimondo aseguran que la magistrada habría realizado preguntas vinculadas con la relación entre el imputado y su defensor y que habría intentado conocer detalles de una conversación mantenida entre ambos el día anterior.
La denuncia sostiene que esa situación podría haber afectado la confidencialidad que debe existir entre un abogado y su asistido, particularmente en cuestiones vinculadas a la estrategia defensiva.
La denuncia también incorpora distintos episodios vinculados con la fijación y posterior reprogramación de las audiencias. Según los denunciantes, la defensa había comunicado impedimentos objetivos y compromisos profesionales previamente asumidos, entre ellos un viaje laboral cuyo pasaje había sido adquirido antes de la nueva fecha de juicio.
La presentación sostiene que los pedidos efectuados por la defensa procuraban compatibilizar las agendas profesionales con las herramientas institucionales disponibles y que, sin embargo, la dinámica adoptada habría profundizado una situación de tensión entre el tribunal y la defensa. Los denunciantes aclaran que no sostienen que una resolución desfavorable sea, por sí misma, demostrativa de parcialidad. Lo que pretenden es que se analice el conjunto de los episodios y no cada situación de manera aislada.
Otro de los ejes de la presentación apunta a la denominada “apariencia objetiva de imparcialidad”, ya que aseguran que existieron reiteradas reuniones entre representantes legales de la denunciante y personas vinculadas al proceso. Por eso piden los registros de las cámaras internas.
Por último, en lo referente a la perspectiva de género aclararon que no cuestionan la obligación de los magistrados de su implementación cuando corresponda, pero sostienen que debe coexistir con garantías como la presunción de inocencia, el debido proceso y “la igualdad de armas” entre las partes.
La causa principal, número 8184, tiene como imputado a Raimondo por el delito de lesiones graves calificadas. A ella se encuentran acumuladas las causas 8185 y 8366, en las que se le atribuye el delito de desobediencia. El tribunal rechazó el pedido de la defensa para postergar el debate.
La resolución aclara que el planteo del defensor no es considerado una maniobra dilatoria y que su compromiso de viaje constituye una circunstancia atendible. Sin embargo, la magistrada entendió que eso no alcanza para justificar una nueva suspensión, especialmente porque ya había existido una incidencia anterior que había obligado a desplazar las fechas del juicio.