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Lo condenaron a 7 años de cárcel por torturar y abusar de su ex pareja

La justicia platense condenó a un hombre a 7 años de cárcel por "un hecho de violencia contra la mujer”, según lo describió el juez Claudio Bernard al votar en contra de este sujeto que llegó a juicio imputado de abuso sexual en perjuicio de quien fuera su pareja.

El aberrante caso sucedió en La Plata el 20 de diciembre de 2016, cuando, según se probó en debate, el acusado intentó una aproximación con la víctima, tras una separación de algunos meses.
Con un ardid logró acceder al domicilio de la mujer en Villa Elvira, donde, tras una charla, llegaron las caricias, los besos y hasta hubo sexo oral.

Sin embargo, el hombre fue por más. Le dijo que tenía una fantasía y la mujer aceptó a cumplírsela. A esa altura de la noche, no sospechaba nada malo. Todo lo contrario. Pero terminó atada, quemada y lesionada por el empleo de una piedra pómez en manos y pies. Los jueces validaron en su fallo que la víctima fue penetrada vía anal y vaginal, sin que importaran sus gritos y súplicas. El acusado, cuando terminó de complacerse, la tomó del cuello y la obligó a abrirle la puerta.

Luego de semejante experiencia, la mujer entró en pánico y necesitó de apoyo profesional para superar la angustia y el miedo. Más cuando, contó Bernard al replicar lo que pudo probarse en el debate, el imputado la hostigó y le rompió el auto.

"Violencia contra la mujer es toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal”, detalló el juez Bernard. Respecto de la integridad sexual, agregó que es “cualquier acción que implique la vulneración en todas sus formas, con o sin acceso genital, del derecho de la mujer de decidir voluntariamente acerca de su vida sexual o reproductiva a través de amenazas, coerción, uso de la fuerza o intimidación, incluyendo la violación dentro del matrimonio o de otras Relaciones Vinculares o de parentesco, exista o no convivencia, así como la prostitución forzada, explotación, esclavitud, acoso, abuso sexual y trata de personas”.

Claudio Bernard

Junto con Bernard, intervinieron Andrés Vitali y Ramiro Fernández Lorenzo, quienes integran el TOC II de La Plata. Los dos primeros votaron por una pena de 7 años de cárcel, mientras que el restante pidió 8 años en consonancia con el planteo fiscal.

Por el momento el acusado sigue libre, porque así llegó al debate y nunca cambió de domicilio real. También porque se espera el doble conforme antes de poder tomar, en su caso, una medida de coerción. Es que la defensa ya anticipó que recurrirá el fallo en la instancia de Casación.

No está de más agregar que el sujeto ahora condenado quiso hacer pasar a su ex pareja como psiquiátrica al asegurar que ella lo había denunciado para "vengarse", porque él había cortado la relación por su propia decisión.  Para Bernard, esa estrategia está “plagada de estereotipos y prejuicios de género”.

“El consentimiento es una aceptación inequívoca y voluntaria para hacer una cosa o dejar que se haga”, entendió. “El consentimiento siempre es reversible. El consentimiento se puede retirar en cualquier momento. Tampoco se presume. Nunca debe darse por sentado, por ejemplo, por el hecho de haber mantenido relaciones sexuales anteriormente, por el estilo de vida de una persona, o por la ropa que se use”, agregó.

La mujer, que declaró desde Pinamar, lugar donde reside en la actualidad, fue “coherente, no estructurada, tuvo implicancia emocional, angustia y es creíble”, entendió Bernard en el fallo dividido.

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