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La Plata

Pidieron condena para el obstetra acusado de causarle graves secuelas a una niña: podría terminar preso

Fernando Daverio
Con un contundente pedido de condena por parte de la fiscalía y de la querella, quedó cerrado el debate oral contra el obstetra Fernando Daverio en el Juzgado Correccional N° 2 de La Plata, donde se lo juzga por las graves secuelas que sufrió una beba tras un parto ocurrido en 2017. Después de cinco audiencias, el fiscal Jorge Paolini solicitó una pena de tres años y seis meses de prisión, además de cuatro años de inhabilitación para ejercer la medicina, mientras que el abogado de la familia de la víctima, Alfredo Gascón, fue aún más allá y reclamó cuatro años de cárcel y el mismo período de inhabilitación profesional.
En el mismo proceso también es juzgada la partera Bárbara Pestaña Guido, esposa de Daverio e integrante del equipo “Gestando entre Pares”, para quien el Ministerio Público pidió tres años de prisión en suspenso y cuatro años de inhabilitación.
 
Daverio enfrenta cargos por lesiones culposas agravadas por el daño permanente sufrido por Nina Cipollone, quien nació sin signos vitales el 16 de julio de 2017 (hoy cumple 9 años), debió ser reanimada durante 27 minutos y quedó con parálisis cerebral y discapacidad múltiple. Además, el obstetra está acusado de la presunta falsificación de documentación médica vinculada al embarazo y al parto.
Durante su alegato, Paolini sostuvo que el médico incumplió los deberes propios de su profesión al no profundizar los estudios luego de que una ecografía realizada en la semana 35 evidenciara una desaceleración en el crecimiento fetal. Según planteó, ese hallazgo imponía solicitar nuevos controles para descartar una insuficiencia placentaria que comprometiera la oxigenación de la beba.
 
Para el fiscal, esa conducta se enmarca en una violación del deber de cuidado que terminó derivando en las lesiones irreversibles que sufrió la niña. También dio por acreditado que el parto se desarrolló en un ámbito que no reunía las condiciones necesarias para afrontar una emergencia obstétrica y cuestionó la falta de comunicación previa con el servicio de Neonatología de la Clínica de la Comunidad de Ensenada.
 
Otro de los ejes de la acusación apuntó a las historias clínicas incorporadas a la causa. Paolini sostuvo que existen inconsistencias entre la documentación médica y las pruebas reunidas durante el juicio, motivo por el cual también solicitó condenar a Daverio por la alteración de material probatorio. Entre los agravantes mencionó su condición de médico y el daño causado a la víctima.
 
En representación de la familia, el abogado Alfredo Gascón respaldó la postura del Ministerio Público y pidió elevar la pena a cuatro años de prisión. En su exposición sostuvo que el equipo médico desoyó señales de alarma durante el embarazo y el trabajo de parto, y cuestionó que nunca se aportaran las conversaciones del grupo de WhatsApp mediante el cual, según los integrantes de “Gestando entre Pares”, coordinaban la atención de las pacientes.
 
El letrado puso el foco en la ausencia de Daverio durante el nacimiento y sostuvo que, frente a una situación crítica, la prioridad del equipo fue esperar la llegada de sus propios profesionales antes que recurrir a los médicos de la clínica.
 
Las defensas, en cambio, rechazaron todas las acusaciones. La representante legal de Pestaña Guido sostuvo que la obstétrica actuó conforme a los protocolos y afirmó que no existían indicadores que permitieran prever el desenlace.
Verónica Bogliano, la abogada del obstetra, adelantó que iba a pedir la absolución de su representado. Afirmó que el embarazo en cuestión fue controlado de manera "adecuada, oportuna y coordinada" por el equipo de Gestando entre Pares, que "no hubo dolo en las discrepancias entre las historias clínicas" y que el resultado del parto "no pudo preverse".
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Al término de los alegatos, el juez Diego Tatarski habilitó a los acusados que podían expresar sus últimas palabras. La primera en hablar fue Pestaña Guido: "Primero quiero expresar que lamento mucho lo que pasó con Nina y las consecuencias que ha tenido", dijo, y quiso avanzar con aclaraciones vinculadas al control del embarazo, lo que fue interrumpido por el fiscal Paolini, ya que eso implicaba una declaración, etapa agotada en esta instancia.

El juez lo avaló. Y ella siguió: "Se hicieron los controles adecuados y de cuidado", continuó la partera, a pesar de que se le había indicado que no se refiriera a los hechos. "En mis acciones y las acciones del equipo primaron la atención y el cuidado de María José. Las consecuencias fueron a causa de la asfixia. Nada más", concluyó.

Daverio, por su lado, también hizo uso del derecho. Lamentó "mucho los resultados que tuvo Nina en el nacimiento. Lamento el padecimiento de la familia y sus allegados" y aseguró: "Como equipo profesional, trabajamos para que esto no suceda, por lo que nos produce mucho dolor lo que sucede y entendemos que es una mala noticia que sucedan estas cosas y que nosotros, con todo el conocimiento que tenemos, no podamos hacer nada para evitarlo". 

El veredicto se conocerá mañana, 17 de julio. Cabe marcar que Daverio llega a este proceso con un antecedente condenatorio.

En 2024 fue sentenciado mediante un juicio abreviado a 2 años, 11 meses y 15 días de prisión de ejecución condicional, además de ocho años de inhabilitación para ejercer la medicina. En esa causa fue hallado responsable de los delitos de homicidio culposo y lesiones culposas por un parto domiciliario en el que murió una bebé y su madre debió ser sometida a una histerectomía de urgencia.

Según la investigación, la paciente presentaba factores de riesgo que no fueron debidamente considerados. Por ese mismo caso también fue condenada la partera Andrea Neira, quien recibió una pena de 2 años y 7 meses de prisión condicional e inhabilitación para ejercer durante 5 años y 10 meses.

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