Lucas Manuel Puig, el docente de música que fue condenado a 35 años de prisión por abuso sexual de dos menores en un jardín de infantes de La Plata, rompió el silencio en la Sala V del Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires.
“No soy un depravado como me han llamado, soy inocente”, afirmó Puig ante los jueces Victor Violini, Ricardo Maidana y Carlos Ángel Natiello. La audiencia había sido pedida por los abogados defensores del docente, Gastón Nicocia, Alberto Daniel Apaz y Adrián Enrique Fernández, para informar y defender técnicamente los argumentos que expusieron en el escrito de apelación.
La declaración de Puig es importante porque a lo largo de todo el proceso sólo había hablado una vez. Fue en el arranque de la causa, en el año 2010, cuando la fiscal Virginia Bravo le tomó una
ampliación de su declaración indagatoria. Después, se limitó a expresarse a través de sus abogados.
“Soy profesor de música, no abusador de menores”, se presentó Puig en el inicio de su testimonio ante el Tribunal, "de ningún modo un perverso o un violador ”.
“Tengo 4 hijos, tengo hermanos, amigos, juego al fútbol y no soy un degenerado. Yo no soy abogado. Soy maestro de música. Y este proceso después de esta denuncia que fue sorpresiva me fue
convirtiendo de a poco en un seudo abogado. Y no me gusta eso porque yo soy maestro de música”, remarcó.
Antes del cierre, los camaristas le volvieron a conceder la palabra a Lucas Puig, ocasión que usó para destacar: “Amo ser docente. Trabajé en muchas instituciones educativas hasta que me
denunciaron. Estuve 5 clases en el San Benjamín. Declaré ante la fiscal Virginia Bravo todo y me defendí durante 13 años. El abuso sexual no existió y debe ser probado con prueba”.
En su relato, el profesor condenado repasó lo sucedido en el juicio oral con respecto al material que había presentado como prueba: “Con respecto al video de la fiesta de fin de año en el 2009, lo trajimos para poder mostrar al tribunal que yo daba clases de música y todo lo que habíamos realizado. En ese video mostramos cuánto disfrutábamos todos, haciendo lo que se hace en un jardín de infantes, que es jugar, no abusar chicos”.
Cerró su declaración diciendo confía "en la Justicia a pesar de las cosas que explicaron mis abogados. La gente que está afuera es la que da fe de mí”.
De la audiencia participaron también familiares de los denunciantes, quienes expresaron su descontento gritándole: “Mi hijo no vino para no cagarte a trompadas, violador, te vas a acordar de los ojos de mi hijo toda tu vida”.
Los abogados defensores creían importante poder verbalizar todas estas cuestiones que fueron mencionadas en la presentación teniendo en cuenta cuestiones tales como “la actitud del Tribunal” que condenó a su asistido en primera instancia, convencidos de que fue "una emboscada judicial".
Mencionaron, al respecto, "el tratamiento respecto de la prueba, la actitud respecto del Tribunal de sostener una violencia institucional inusitada, no solamente con testigos de cargo y de descargo -los de la defensa- limitándonos, además, en cuanto tiempo íbamos a tener para alegar, interrumpiéndonos en el transcurso de un interrogatorio, que es gravísimo porque lo que nosotros trazamos como abogados defensores es una estrategia de pregunta y respuesta para poder repreguntar y el Juez pueda valorar esa situación”.
“Esta situación claramente demarcaba, entre otras cosas, un prejuzgamiento y una subjetividad propia de un órgano que por naturaleza tiene que ser imparcial”; así lo
manifestó Gastón Nicocia.
Por último, la Fiscal Alejandra Moretti presentó un “Memorial” frente al recurso de la defensa. La causa sigue ahora en estudio para los Jueces de la Sala V del Tribunal de Casación Penal. La misma había sido radicada allí en el mes de noviembre del 2022, por lo que el Tribunal tiene un plazo de seis meses para contestar; fecha que se cumpliría en los últimos días del mes en curso.
De no ser así, la Sala podría disponer de una prórroga de hasta seis meses más para resolver; teniendo un pronunciamiento recién para el mes de noviembre. Esto no significa que el Tribunal no pueda resolver antes el petitorio.