Menú Cerrar

La Justicia Federal de La Plata se puso firme con la limpieza del Arroyo El Gato

El juez federal de La Plata, Alberto Oscar Recondo, volvió a expedirse en el marco de la causa que analiza eventuales responsabilidades en el vertido de desechos domiciliarios y/o industriales en las aguas del Arroyo El Gato, que impactan y deterioran, no solo el curso del agua, sino el medio ambiente en el que se conjuga. Y ante los evidentes incumplimientos de resoluciones ya firmes, acaba de intimar a la Provincia de Buenos Aires y, a la Comuna local, para que actúen en función de las mandas judiciales emitidas. Y hasta ordenó una custodia policial permanente, para evitar que sigan tirando basura a ese curso hídrico, que es clave para la vida de todos los habitantes de la Región.

En concreto, el magistrado dijo: "Por ello (...) corresponde intimar a la Provincia de Buenos Aires y a la Municipalidad de La Plata, a que, en el plazo de 30 días, cumplan íntegramente las medidas precautorias oportunamente dispuestas, a saber:

A-. La ordenada en fecha 10/5/2022 (...) se proceda a la íntegra remoción de los residuos depositados en la margen sur del Arroyo el Gato, en inmediaciones del “Barrio Nuevo” (desde Avenida 1 hasta calle 118) y ejerciten el poder de policía que le atribuyen como obligación las normas constitucionales, legales y reglamentarias pertinentes, a efectos de desactivar las actividades clandestinas de vertido que pudieran volver a degradar el sitio, con posterioridad a su reparación ambiental”.

Con la finalidad de asegurar el cumplimiento del mandato impuesto, deberá procederse a la asignación de una consigna policial en la zona (Avenida 1 y calle 514 y zona lindante al denominado “Barrio Nuevo”), 24 hs. diarias, los 7 días de la semana, que deberá efectuar las tareas de prevención necesaria, a efectos de evitar el vertido de desechos sobre el arroyo.

B.- La de fecha 23/11/21 (...) deberán arbitrarse los medios necesarios para que el retiro de los residuos de las barreras oportunamente colocadas, se efectúe de forma mecanizada y eficiente".

Para Recondo, "se constató que la recolección de los residuos retenidos por las barreras oportunamente instaladas, no se efectúa de forma mecanizada, tal como fuera ordenado en la providencia de fecha 23/11/21 (punto 4.1.A y B), sino que es llevada a cabo en forma manual y discontinua, con resultados que se evidencian claramente insuficientes".

Más noticias

Acceder

Registro

Restablecer la contraseña

Por favor, introduce tu nombre de usuario o dirección de correo electrónico y recibirás por correo electrónico un enlace para crear una nueva contraseña.