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Es el hermano del ex Intendente Municipal de La Plata

La Suprema Corte bonaerense confirmó la absolución de Mariano Bruera en la causa por asociación ilícita

Bruera junto a su abogado defensor

La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires rechazó el recurso extraordinario presentado por el Ministerio Público Fiscal y dejó firme la absolución de Mariano Bruera, el hermano del ex intendente municipal, Pablo Bruera, en la causa que investigó presuntas maniobras irregulares vinculadas a rezonificaciones de terrenos durante esa gestión, entre los años 2007 y 2015.

Bruera había sido condenado en primera instancia por el Tribunal Oral Criminal N° 2 de La Plata a seis años de prisión y diez años de inhabilitación para ejercer cargos públicos como coautor del delito de asociación ilícita. Sin embargo, en julio de 2024, por un planteo del abogado defensor Alejandro Montone, la Sala II del Tribunal de Casación Penal revocó esa condena y lo absolvió, decisión que posteriormente fue cuestionada por la Fiscalía mediante un recurso extraordinario.

La investigación se originó a partir de denuncias sobre supuestos pedidos de dinero a particulares interesados en obtener cambios de zonificación de terrenos en la ciudad de La Plata. Según la acusación, existía una organización integrada por funcionarios y particulares que exigía sumas de dinero a cambio de impulsar expedientes municipales favorables.

Durante el juicio oral, los magistrados consideraron acreditada la existencia de una estructura conformada por E. S., R. M., R. M., C. Y. y Mariano Bruera, quienes habrían cumplido distintos roles dentro de un esquema destinado a obtener beneficios económicos ilegales mediante rezonificaciones.

No obstante, Casación concluyó que la prueba reunida no permitía demostrar la existencia de una asociación ilícita con los requisitos que exige el artículo 210 del Código Penal. Los jueces entendieron que no se había acreditado una organización estable, permanente y destinada a cometer una pluralidad indeterminada de delitos, sino actuaciones aisladas o intereses individuales de distintos funcionarios.

Al analizar la impugnación fiscal, la Suprema Corte sostuvo que la sentencia de Casación no resultó arbitraria y que realizó una valoración razonada de las pruebas incorporadas al expediente. Los ministros remarcaron que una diferencia de criterio respecto de la interpretación de la evidencia no habilita por sí sola la revisión extraordinaria del fallo.

También destacaron que Casación examinó las escuchas telefónicas, incluida la conversación en la que aparecía la expresión “pasar la gorra”, pero consideró que esos elementos no alcanzaban para demostrar la existencia de una asociación ilícita.

Finalmente, por unanimidad, los jueces Hilda Kogan, Sergio Torres, Víctor Violini y Daniel Carral rechazaron el planteo del Ministerio Público Fiscal y confirmaron la absolución de Mariano Bruera por el delito de asociación ilícita.

La sentencia quedó registrada este 10 de junio de 2026, poniendo fin a una de las derivaciones judiciales más resonantes surgidas de las investigaciones por presuntas irregularidades urbanísticas durante la administración municipal de Pablo Bruera.

La vía de impugnación igualmente sigue abierta, con la posibilidad de una petición ante la Corte Suprema de la Nación. En los próximos días se sabrá entonces si el caso queda agotado jurídicamente o abre una nueva instancia.

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