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La "Toretto" de La Plata no quiere ir presa por provocar una muerte vial: pidió una eximición de prisión

La "Toretto" de La Plata está muy comprometida. La investigan por un fatal accidente registrado el pasado 12 de abril en la esquina de 13 y 532, donde, según se aprecia en un video aportado a la causa judicial, cruzó en rojo y provocó el impacto contra una moto, cuyo conductor perdió la vida.

La Justicia tiene probado el hecho y la responsabilidad. Y si bien se aguardan peritajes, la joven de 20 años no quiere ir presa. Tanto que contrató a dos abogados, que ya plantearon en el expediente una eximición de prisión.

El caso cobró repercusión a partir de la filmación del siniestro y un polémico posteo en las redes sociales, en el que se personificaba en el actor de la saga Rápidos y Furiosos.

Imputada por el delito de “homicidio culposo”, la jueza de garantías Marcela Garmedia solo tuvo presente el escrito defensista, ya que no existe orden que amenace su libertad ambulatoria.

Los letrados son Micaela Belén Vivas y Nicanor María Garganta, quienes representan a F. A. La víctima fatal se llamaba Rubén Walter Armand (36) y conducía una moto Bajaj modelo Boxer por 532 de 13 a 14.

En ese preciso instante, con paso habilitado, avanzó sobre el cruce de 13 y 532 cuando, intempestivamente, lo impactó un VW Gol Trend y lo hizo volar por el aire.

Si bien no está determinada la velocidad de marcha, porque la producción de la pericia mecánica suele demorarse años, la prueba fílmica es por demás elocuente.

Armand cayó pesadamente sobre la cinta asfáltica y su traslado al hospital de Gonnet no impidió su fallecimiento.

A partir de esa situación, con la conmoción a cuestas, se conoció una publicación de la automovilista, quien, en forma previa al evento dañoso, dejó una frase muy particular: “Miedo? Miedo es ir conmigo en el auto porque soy un constante `ese quiere correr` y me hago la Toretto”.

Demás está decir que los comentarios a tamaña expresión fueron lapidarios.

De todas formas, como todavía no hubo ningún cambio de imputación a una figura penal más gravosa, como bien podría ser la de “homicidio simple con dolo eventual”, Garmendia se limitó a un “tener presente la solicitud de eximición de prisión peticionada en favor de (...) para resolver en el momento procesal oportuno”. La jueza consideró que “no existiendo -por el momento- un requerimiento formal de detención por parte del Ministerio Público Fiscal respecto de la causante, entiendo que debo tener presente la petición del beneficio, para expedirme una vez que se concrete de manera efectiva dicho requerimiento, toda vez que -al menos hasta ahora- no existe en autos una concreta amenaza contra la libertad de (...)”.

El dolo eventual, se sabe, establece que el autor de la conducta penal típica debió representarse la posibilidad o probabilidad del resultado de muerte como consecuencia de su comportamiento. Y pese a que es una cuestión discutida en el ámbito de los tribunales, también es cierto que hay jurisprudencia que así lo avala.

La investigación tramita ante la UFI Nº 12 de La Plata, a cargo del doctor Fernando Padovan.

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