La jueza Carolina Crispiani, por la secretaría de Nora Vernetti, Laura Sampayo y Valentín Armellino, clausuró la etapa preliminar de preparación del juicio por la llamada "Masacre de Monte", que será ventilado en juicio por jurados en La Plata en mayo de 2023.
Tras ocho audiencias con todas las partes involucradas en el proceso (CELS, CPM. querellantes particulares y defensa), se logró depurar las pruebas innecesarias, estipular acuerdos probatorios y admitir sólo la prueba imprescindible.
Así, en un expediente inicial de 30 cuerpos y 300 testigos con pronóstico de un mes entero de audiencias, quedó reducido a 25 testigos y ocho días de juicio.
Para encarar esta fundamental etapa, la jueza comenzó por establecer, a través de los argumentos de las partes y del descubrimiento de su prueba, cuál sería el eje de la controversia y las teorías del caso en pugna.
De la consulta del acta de esta etapa puede advertirse que formaron parte de su litigio conceptos y reglas muy importantes en miras a la celebración de un juicio verdaderamente acusatorio, respetuoso del debido proceso, tales como:
- Análisis de admisibilidad de la prueba por razones de legalidad.
- Análisis de admisibilidad de la prueba por problemas de relevancia, de confiabilidad y de generación de prejuicios (test RCP).
- Análisis de admisibilidad limitada a bloques de información -distinción entre la información admisible de la información no admisible en cabeza de un mismo órgano de prueba-.
- Distinción entre prueba admisible para el juicio, de la prueba solo admisible para la cesura ante un veredicto de culpabilidad.
Fiel a las reglas de un debido proceso penal acusatorio, no se admitieron incorporaciones de prueba por lectura, señalándose la viabilidad de utilización de declaraciones previas para evidenciar contradicciones o para refrescar la memoria de un testigo:
"No se autorizarán incorporaciones por lectura, y cualquier utilización como declaración previa se debe hacer durante el testimonio del testigo que a la parte le interese, con el fin de resaltar contradicciones o refrescar la memoria, lo que sí se autoriza; y en caso de exhibirse al jurado alguna pieza de interés, deberá hacérselo previa autenticación por medio del testigo que la presentó u obtuvo durante la investigación, dando cuenta del modo en que se produjo".
Ante la cantidad de procesados, a fines del año pasado, a pedido de los cuatro imputados, se decidió que los ex policías Rubén Alberto García, Leonardo Daniel Ecilape, Manuel Monreal y Mariano Alejandro Ibáñez, todos con prisión preventiva por “homicidio agravado por abuso de función como miembro de las fuerzas policiales calificado por el empleo de arma de fuego consumado y en tentativa”, sean juzgados por jurados (se elegirán 12 titulares y 6 suplentes) que serán sorteados entre el padrón provincial confeccionado para tal fin.
El resto de los procesados, algunos de ellos con recursos ante Casación sin que se haya resuelto aún sobre sus elevaciones a juicio, serán juzgados en el momento oportuno por los jueces del Tribunal IV Juan Carlos Bruni y Alfredo Caputo Tártara, junto a otro magistrado que será sorteado por la Cámara de Apelaciones y Garantías de nuestra ciudad.
Según consta el la IPP, el 20 de mayo de 2019, el grupo paseaba en un Fiat 147, de noche, cuando comenzó a perseguirlo una patrulla. Luego se sumaron otros móviles y todo terminó con el auto destrozado al chocar con un acoplado estacionado en la colectora de la Ruta 3. Según consta en la acusación, algunos policías dispararon al auto e incluso una bala hirió a uno de los adolescentes. Los ex policías García, Ecilape, Monreal e Ibáñez fueron procesados con prisión preventiva por los homicidios porque serán quienes iban en los patrulleros desde donde se efectuaron los disparos que provocaron que el auto Fiat 147 conducido por Suárez chocara contra el acoplado.
En tanto, los ex policías Franco Micucci, José Manuel Durán, Nadia Genaro, Melina Bianco y Domínguez se les imputó el delito de “falsedad ideológica de instrumento público agravado, encubrimiento agravado, abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público”, detallaron las fuentes consultadas. Además señalaron que por encubrimiento agravado se les dictó en su momento la prisión preventiva al teniente Héctor Enrique Ángel y al ex secretario de Seguridad del Municipio, Claudio Martínez.
Cabe señalar, que Genaro y Bianco fueron excarceladas. Además a otro policía de Monte se le dictó la falta de mérito, aunque sigue imputado. El fiscal Damonte acusó también a otros 8 policías de la seccional local, entre ellos al comisario, por falsedad ideológica y encubrimiento agravado. También están imputados, pero por incumplimiento de deberes de funcionario público, tres peritos de la Policía Científica de Cañuelas.