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Entre las víctimas había menores

Duras condenas para una pareja que regenteaba un "servicio" de prostitución en La Plata

Una pareja recibió duras condenas tras ser hallada culpable de regentear un servicio ilegal de prostitución en La Plata, confirmaron fuentes policiales. El negocio funcionaba desde el 2019 y les generó importantes ingresos, a costa de explotar a menores y mujeres vulnerables, a quienes presuntamente drogaban. Al hombre lo sentenciaron a 14 años de prisión y a su mujer, a 12 años.

Ambos habían llegado detenidos al debate, presidido por el juez Hernán Javier Decastelli, como miembro integrante del Tribunal Criminal I. Con la lectura del veredicto, se retiraron esposados del recinto. Ahora, en base al resolutorio, se mandó a computar el vencimiento de la pena impuesta, para saber en qué momento podrán peticionar una libertad condicional, siempre y cuando nada de lo establecido se modifique en la instancia de revisión.

La fiscal Helena de la Cruz fue quien impulsó la acción y batalló con los obstáculos que muchas veces impone el miedo. La trama en la que sucedió todo, provoca espanto.
Con pocas de las damnificadas sentadas en la sala de audiencia, precisamente por temor a sufrir represalias, pasaron varios vecinos de la locación donde las martirizaban para brindar los elementos de cargo, que robustecieron y fundaron el fallo.

La imputación fue por los delitos de “promoción y facilitación a la prostitución agravada y explotación económica del ejercicio de la prostitución agravada, ambas en concurso real”.

"Al menos desde el día 20 de septiembre del año dos mil diecinueve y con un tiempo estimado de funcionamiento de varios meses de anterioridad, en una vivienda sita en calle 2 N° 1911 de la ciudad de La Plata, una persona de sexo masculino junto a una femenina (quién resulta ser su pareja) regentearon y ejercieron violencia e intimidación sobre al menos cinco jóvenes de nacionalidad argentina y extranjera -siendo algunas de ellas menores de edad- promoviendo la prostitución de las mismas. Las jóvenes en algunos casos ejercían la prostitución en la vía pública, y concurrían en la mayoría de los casos al Hotel Albergue Transitorio (...) sito en calle 2 entre 71 y 72 (...), lugar donde prestaban servicios sexuales, abonando el cliente directamente allí, y en otras oportunidades eran trasladadas en vehículos al Bar Pool ubicado en calle 66 s/n catastral entre 196 y 197 de la localidad de Lisandro Olmos y al domicilio sito en calle Debenedetti N° 1582 de la Localidad de Olivos, partido de Vicente López, a los fines de ejercer la prostitución”, sostuvo Dijo el juez Decastelli en su fallo.

Y siguió: "Estas (...) personas impulsaron la prostitución ajena, -mediante violencia e intimidación- siendo que las femeninas víctimas de autos realizaban el intercambio
sexual a través de una contraprestación dineraria, actuando los sujetos de mención con ánimo de lucro y explotación de las mismas, mediante la retención de un porcentaje o la totalidad del dinero obtenido por la actividad realizada por las femeninas”, agregó.

Pese a que la defensa apuntó contra los testigos, a los que tildaron de mentirosos, el magistrado entendió que “las expresiones (...) las encuentro sinceras, espontáneas y no
veo razones que me permitan dudar de ellas, ni elementos que me inclinen en principio a determinar mendacidad por parte de los mismos”.

Para el juez, “esta idea de reconocer la vulnerabilidad de las mujeres que se someten a la prostitución va de la mano con la irrelevancia del consentimiento de las víctimas, y así de quitar los obstáculos derivados de dicha exigencia, que conllevaban a una falsa evaluación de la problemática. En definitiva, dicho consentimiento en términos
generales se halla condicionado a la aludida situación de vulnerabilidad”.

“En conclusión, teniendo presente la situación de vulnerabilidad de las víctimas, entiendo que existió un aprovechamiento por parte de los imputados, de la fuerza de
trabajo de las personas tanto mayores como menores de edad con el objetivo último de obtener una mayor ventaja económica”, concluyó.

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