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Los abogados de "la Toretto" negaron que corra picadas, dijeron que es una "chica de bien" y que cruzó en rojo por miedo a perderse

"Felicitas no es una 'corredora de picadas', ni una 'persona que usa su automóvil para matar'; más bien todo lo contrario, es una chica de bien, sana, que no se droga ni consume prácticamente
alcohol y que nunca, absolutamente nunca, había tenido inconveniente alguno con la ley ni con terceros".

Con esta definición, la defensa de Felicitas Alvite, la influencer que tiene orden de detención por el fatídico accidente ocurrido el 12 de abril en la esquina de 13 y 532,  presentó su planteo ante la Cámara Penal, que ahora deberá resolver el recurso de apelación contra esa medida. Mientras eso pasa, la joven sigue libre.

Con la firma de los abogados penalistas, Flavio Gliemmo y Santiago Irisarri, el escrito funda su defensa en la aparente falta de intención de parte de la imputada de provocar el resultado muerte.  Si bien reconocen una conducción imprudente y temeraria de Alvite, por la velocidad y la transgresión de la luz roja de un semáforo, en el instante previo al embiste, la alejaron de la posibilidad de que se haya representado la idea de causar semejante daño: la muerte  de Rubén Walter Armand (35).

“Lejos de lo que la opinión pública y los magistrados puedan pensar, Felicitas es una persona que no tiene automóvil propio, comparte el de su madre con sus cuatro hermanos, no lo utiliza de noche, de día se limita a utilizarlo para ir al trabajo y no corre “picadas”, aclararon sus representantes legales en la impugnación.

Siguieron: “En lo que hace al hecho que aquí respecta, Felicitas nos ha explicado que la noche del día previo al suceso que aquí se investiga, salió junto a unos amigos a un bar ubicado en un edificio que se encuentra frente a la Plaza Moreno de La Plata. Una vez que salieron del bar, y como Felicitas era la única persona que no había tomado alcohol, el dueño del automóvil le pidió que condujera. Debemos poner énfasis en manifestar que nunca se pactó una picada ni nada similar; lo que ocurrió, según nos cuenta nuestra asistida, pero que es concordante con las filmaciones que se encuentran incorporadas al proceso, es que le pidió a una persona conocida de City Bell, que se encontraba en otro vehículo, que la guiara para salir de la ciudad (vale destacar que Felicitas no vive en La Plata, habiendo conducido solo en tres ocasiones en esta ciudad y en horario diurno)”.

“De esta forma, Felicitas comenzó a seguir al otro automóvil con la finalidad de salir de la zona céntrica de La Plata; lamentablemente, y como consecuencia de su conducción imprudente y veloz, al llegar a la esquina de calle 13 y 32, cruzó un semáforo que se encontraba en rojo y causó la muerte de un muchacho”, agregaron.

"SACADA DE CONTEXTO"

Hicieron referencia también a "la fotografía que estuvo circulando por los programas televisivos, en la cual se la ve a Felicitas con una frase relativa a un personaje de la película Rápido y furioso", mencionando que está "sacada de contexto y que no se corresponde en lo más mínimo con su persona (es más, hablamos de un “chalenger” viral en la red social “Tik Tok” realizado por miles de adolescentes)"

También aclararon que “no negamos la existencia del hecho ni sus particularidades; sí, en cambio, negamos con énfasis que se haya corrido una picada y que Felicitas haya tenido la intención de causarle la muerte a otra persona. Más aún, quedó acreditado que, una vez producido el hecho, nuestra asistida no se escapó ni intentó eludir el accionar policial. Más bien, hizo todo lo contrario: se quedó en el lugar y colaboró con absolutamente todas las diligencias requeridas”.

Agregaron, en este punto, que "es falso, como ha circulado en los medios de comunicación, que Felicitas se haya opuesto a la realización del control de alcoholemia; la realidad es que ningún
funcionario interviniente le requirió tal diligencia (en caso de haber existido tal requerimiento, ella no se hubiera negado, pues -como dijimos- no había consumido bebidas alcohólicas). Nótese que, luego del suceso, Felicitas se dirigió, conforme lo requirieron los funcionarios, a realizarse las correspondientes revisiones ante el cuerpo médico y demás dependencias oficiales, prestando conformidad a la hora de labrar las respectivas actas".

Los abogados indicaron que “nuestra asistida ha intentado comunicarse con los familiares de la víctima para pedirles disculpas; lamentablemente no lo ha logrado, a tal punto que su abogada de confianza se comunicó con  Alvite, quien, de acuerdo al escrito, padece ataques de pánico, no duerme con normalidad y, no solo no ha vuelto a manejar, sino que no tiene la más mínima intención de hacerlo.

Respecto de la imputación endilgada, homicidio simple con dolo eventual, los defensores obviamente la rechazaron, por la falta de dolo y porque no está acreditada la faz subjetiva del delito, que es el conocimiento y la voluntad en la conducta antijurídica, y abogaron por una figura novedosa, que trajo la reciente modificación al Código Penal con la incorporación del artículo 84 bis, que habla de “culpa temeraria”, para la que determina una pena de dos a cinco años de prisión, obviamente excarcelable, aunque más gravosa que la del homicidio culposo.

Por último, luego de negar la existencia de peligros procesales, solicitaron una audiencia para que, antes de resolver la cuestión, la chica que posteaba creyéndose “la Toretto”, por el personaje de Rápidos y Furiosos, sea escuchada.

"A modo de síntesis, el primer argumento utilizado por el Fiscal para requerir la detención (pena en abstracto) no es válido ni legítimo por afectar el principio constitucional de inocencia o permanecer en libertad durante la tramitación del proceso", argumentaron los abogados; "en cuanto al segundo argumento (negativa a participar de la revisión médica) no es legítimo ni válido por dos cuestiones: la primera porque nuestra asistida tiene el derecho a negarse, la segunda porque de forma reiterada el personal policial y los médicos así se lo hicieron saber.

Reconocieron un obrar temerario, pero alejado de cualquier intención o idea de causar una muerte Para la defensa de la influencer, no hay riesgos procesales que justifiquen la detención efectiva.

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