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Crimen del músico en La Plata: un juez frenó la suspensión del juicio

Santiago Ignacio Stirz tenía 34 años, era músico y en diciembre de 2020 dos motochorros lo fusilaron de un tiro en la cabeza cuando circulaba en bicicleta por las calles de La Loma, en La Plata. ¿Por qué? Se cree que se "enojaron" porque Santiago no acató sus órdenes de frenar para asaltarlo, aunque el muchacho llevaba los auriculares puestos y probablemente ni los escuchó. Le dispararon a quemarropa y se fueron con las manos vacías.

El crimen ocurrió en diciembre de 2020, en 47 entre 20 y 21

La causa tiene dos acusados, cuya defensa pidió recientemente cerrar por falta de elementos de cargo. El requerimiento había sido consentido por la fiscal de instancia, que consideró acreditaba esa orfandad probatoria, por lo que el debate oral, previsto ante un tribunal popular, corría
serios riesgos de no realizarse. Pero Claudio Bernard, el juez designado para encabezar el proceso, decidió no avalar el el planteo de sobreseimiento.

Según fuentes judiciales, entendió el magistrado que, ante la existencia de algunos indicios sobre la posible participación de los imputados en el hecho, al margen de la falta de claridad en las imágenes de un video presentado como sostén de la acusación en la etapa de instrucción, el caso debía debatirse en juicio para despejar todos los interrogantes.

"Si bien no existe prueba directa sobre el rostro de (Pablo Ezequiel) Manavella y (Facundo Tadeo Ariel) Guevara (los acusados) sí existen indicios en su contra que permiten aseverar que no hay certeza negativa para que los mismos sean sobreseídos”, argumentó Bernard.

Y agregó: “Muy por el contrario, considero que el caso merece un amplio debate en la que se le
permita a las partes interrogar a la totalidad de los testigos referidos “ut supra” y permitir llegar a la verdad real de los hechos que son materia de este proceso".

Para Bernard, “la circunstancia dirimente -conforme lo dejase expuesto en la audiencia del día 12 de diciembre del 2022- para arribar a su solicitud de sobreseimiento resulta ser la nueva recepción de testimonios y que algunos de ellos habrían mutado e incluso refirió a una situación de animosidad por parte de algún testigo.

Ante ello debo decir que si bien se han acompañado las actas suscriptas por los entrevistados por el Ministerio Publico Fiscal, no se acompañó cuales fueron sus dichos, por lo que el suscripto no puede de ningún modo realizar un contralor de la prueba referida por la Fiscalía. Las declaraciones fueron tomadas inaudita parte, sin la presencia del suscripto, por lo que desconociendo el contenido de sus dichos mal puedo valorarlos al efecto de resolver lo que la distinguida colega plantea”.

“Sentado ello y no existiendo certeza negativa respecto a la atribución de los encartados en referencia a los hechos que se ventilan en la presente y resultando el control de legalidad función inherente del órgano jurisdiccional, es que entiendo debe rechazarse toda vez que los hechos que se le imputan se han mantenido incólumnes ordenando se prosiga el trámite de la presente”, concluyó el decisorio que, una vez notificado, puede ser recurrido ante la Cámara Penal.

Stirz estudiaba Arquitectura, trabajaba en el Rectorado de la UNLP y vivía solo. Tenía hermanas, padres, primos, amigos. Una vida que frenaron a quemarropa los dos criminales que lo abordaron en 47 entre 20 y 21, cuando él iba en su bicicleta y ellos en una moto.

Paradójicamente, el asesinato de Santiago ocurrió el mismo día en que distintos grupos de cicloturismo habían viralizado una convocatoria para una “pedaleada por seguridad”, que pasó por el frente de varias comisarías.

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