La novela de las recusaciones no se termina en la causa que tiene detenido al ex juez de Casación bonaerense, Martín Ordoqui, bajo sospecha de integrar una presunta organización dedicada a canjear dinero por favores judiciales, entre otras graves irregularidades. Es que si bien en una votación dividida, la Cámara Penal de La Plata acaba de confirmar a Carolina Crispiani (junto a Patricio Marcelo Gandulfo y Marcelo Martín Giorgis) como miembro del Tribunal -el 4- que intervendrá en el debate oral, como la instancia de impugnación se encuentra abierta, no se descarta que la defensa insista con su planteo, lo que dilataría aún más los tiempos del proceso.
Como se sabe, los abogados de quienes están involucrados en la denominada parte II de “la banda del juez”, en la que ya está con condena no firme César Melazo, habían pedido que Crispiani sea corrida de la escena, ante sus fuertes expresiones a la hora de responder los cuestionamientos, lo que, a entender de los letrados, estaría demostrando que tiene posición tomada respecto de la situación de Ordoqui.
También porque apareció propuesta en una lista como testigo, por una vieja declaración que había formulado cuando era relatora de Casación. Sin embargo, la Sala I de la Cámara Penal, con los votos de María Oyhamburu y Miriam Ermili, rechazó esa solicitud . Quien sí había firmado por el corrimiento de Crispiani fue el preopinante Raúl Dalto, aunque quedó en minoría.
"Los recursos interpuestos por los letrados actuantes (...) no se encuentran en condiciones de abrir la jurisdicción de este Tribunal”, expresó Oyhamburu. “Asimismo, tampoco advierto que en el supuesto bajo análisis se configure una cuestión federal que apoye la habilitación excepcional de esta instancia. La pretendida afectación
a la que aluden los impugnantes para hacer valer y dar lugar al quebrantamiento de la garantía del juez imparcial, en los términos planteados, no excede el ámbito idóneo del derecho procesal ordinario y, en su consecuencia, en el contexto concreto de este proceso, no constituye una violación actual y manifiesta de normas constitucionales o convencionales”, agregó.
“La mera inclusión transitoria de la magistrada en una lista testimonial, posteriormente depurada, no alcanza por sí sola para configurar tan siquiera una sospecha razonable de parcialidad desde la perspectiva objetiva exigida por la jurisprudencia nacional e internacional. Todavía, si pudiera discutirse su oportunidad o pertinencia, dicha circunstancia ha sido debidamente explicada y corregida en el trámite del proceso, sin generar consecuencias irreversibles que afecten la confianza pública en la administración del servicio de justicia”, opinó.
A su turno, Ermili sentenció: “Adhiero al voto emitido por la Dra. Oyhamburu, en razón de compartir sus fundamentos”, lo que fijó postura mayoritaria y sirvió para el rechazo de la pretensión. Dalto había expuesto un criterio favorable a la recusación de Crispiani, sobre quien expresó que “la imparcialidad del juzgador -en su aspecto objetivo- ha sido avasallado por la Jueza `a quo`, por lo que ninguna duda me cabe en cuanto debe ser apartada de estos actuados”.
En este caso también fueron recusados los fiscales María Victoria Huergo y Mariano Sibuet, aunque aún no se definió si continuarán, o no, vinculados al expediente.
Voceros de tribunales creen que los abogados de Ordoqui y los demás imputados, uno de ellos recientemente morigerado (Ricardo Lorenzo Ducid), insistirán con la remoción de Crispiani y, para ello agotarán la vía recursiva, lo que le pondría un freno al avance del proceso.
Es que aún falta definir las pruebas de las que se valdrán todas las partes y fijar las fechas de audiencia. Ordoqui debe ser juzgado en La Plata por “cohecho pasivo (cobrar coimas), ocho casos de tráfico de influencias y asociación ilícita”.
La instrucción de la causa estuvo a cargo de la fiscal Betina Lacki. Según la pesquisa. la denunciada banda la completaban su secretaria Eugenia Mercado, los abogados Ricardo y Julián Ducid, Alejandro Timorín y Enrique “Quique” Petrullo.