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La fiscal del caso Lola Chomnalez apeló la absolución del acusado de encubrimiento

La fiscal que investiga el crimen de Lola Chomnalez, la adolescente argentina asesinada en 2014 en la playa uruguaya de Barra de Valizas, apeló la absolución del cuida coches que estuvo detenido e imputado de encubrir el homicidio y que fue liberado la semana pasada por falta de pruebas.

Juan Willman, uno de los abogados de los padres de la víctima, informó a Télam que la fiscal de Rocha, Jéssica Pereira, anunció por escrito su apelación en el juzgado, en contra del fallo dictado por el juez letrado del 1er.Turno de ese distrito, Juan Giménez Vera, y que benefició a Ángel Moreira, alias "El Cachila".

Willman señaló además que la fiscal Pereira presentará sus argumentos por la misma vía y que el Tribunal de Apelaciones resolverá, siempre por escrito, ya que el caso de Lola se juzga con el procedimiento uruguayo anterior, que no tenía oralidad.

De esta manera, al apelar la absolución, la Fiscalía reitera su pedido de condena a diez años de prisión por encubrimiento.

Moreira recuperó la libertad el lunes de la semana pasada y al hacerlo dijo en declaraciones a Subrayado: "La pasé mal, casi me mataron, pero bueno, la fui llevando. Pasé dos meses en el calabozo durmiendo en una bolsa de basura".

Consultado sobre los motivos que lo llevaron a estar imputado y detenido por el crimen, "El Cachila" explicó que lo "llevaron drogado, hasta las manos" a declarar: "Dije cosas que no debí decir".

"Nunca tuvieron pruebas contra mí", indicó Moreira, quien recordó que hace "tres años y medio" no puede ver a sus hijos y que durante ese tiempo también sufrió distintos problemas de salud.

"El Cachila" recuperó la libertad luego de ser absuelto por el juez Giménez Vera, quien, en un fallo de 58 páginas, sostuvo que "no existe medio probatorio alguno" que posibilite responsabilizar a Moreira del delito de "encubrimiento, ni de cualquier otra conducta penalmente reprochable".

También remarcó que el peritaje psiquiátrico a "Cachila" arrojó que "presenta una tendencia a la mitomanía".

"La conducta de A. E. M. M. (iniciales de Moreira) no resulta atrapada en el tipo penal del delito de encubrimiento, dado que no conoció la existencia del delito anterior, ni ayudó, colaboró contribuyó o facilitó a su autor, con la finalidad de sustraerlo de la acción de Justicia", abundó.

Luego, el juez refirió que el acusado dio tres versiones distintas del hecho y que su descargo en determinados tramos y cuestiones puntuales "carece de espontaneidad verosimilitud".

"La sola voz de A. E. M. M., relatando hechos poco creíbles, por un lado, y contradictorios con respecto a las pruebas que se han acumulado, demuelen cualquier estructura seria que pretenda responsabilizar con certeza jurídica a una persona de la comisión de un delito", afirmó.

Por último, el magistrado dispuso la "inmediata libertad en forma provisional y bajo caución juratoria" del acusado.

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